martes, 8 de diciembre de 2020

Retiro del Segundo 10%

 El próximo Jueves 10 de diciembre del 2020 a partir de las 9:00 hrs; se puede empezar a solicitar el segundo retiro del 10 por ciento de los fondos de pensiones que tengas acumulado en tu AFP.

¿En que consiste?

La Ley permite un segundo retiro (excepcional) de hasta 10% de los fondos ahorrados en las cuentas de capitalización individual para la pensión. El monto mínimo a retirar es de 35 UF (aproximadamente $1.000.000) y el máximo 150 UF (aproximadamente $4.300.000). Las personas que acumulen en sus cuentas un monto menor a 35 UF, podrán retirar el total. Al realizar la solicitud de retiro, el afiliado deberá indicar si desea retirar el 100% de lo permitido o un monto menor.

El pago de los fondos en los casos de retiros menores a 35 UF se efectuará en una sola cuota y en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la presentación de la solicitud ante la AFP. Los retiros mayores de 35 UF se pagarán en dos cuotas, la primera luego de 10 días hábiles desde que es presentada la solicitud en la AFP y la segunda, 10 días hábiles luego del primer pago.

¿Quiénes pueden retirar?

  • Todos los afiliados y afiliadas que tengan saldo en su cuenta de capitalización individual y que se encuentren en Chile o en el extranjero.
  • Pensionados que se encuentren recibiendo una Renta Temporal o un Retiro Programado, por vejez, vejez anticipada, invalidez o sobrevivencia.
  • Personas con cuenta de capitalización individual de afiliado voluntario.
¿En que caso será retenido el 10%?

Los montos solicitados estarán sujetos a retención, suspensión y embargo por deudas originadas por pensiones de alimentos. Además, si la AFP es notificada de una sentencia judicial que ordene el pago de una compensación económica por divorcio, se descontará la deuda del monto susceptible a ser retirado.

¿Qué pasa si estoy tramitando mi jubilación, lo puedo retirar?

Respecto de los afiliados que efectúen una solicitud de retiro encontrándose en trámite de pensión, si a la fecha de la solicitud del segundo retiro el certificado de saldo no se encuentra emitido, este deberá emitirse descontando el monto que se ha solicitado retirar.

Si el certificado de saldo se encuentra emitido pero aún no ha sido enviado al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP) deberá volver a emitirse. Si el certificado de saldo ya fue enviado al SCOMP se incluirá una nota en el certificado de ofertas para aclarar que éstas fueron emitidas antes del retiro.

¿Hay que pagar impuestos por el retiro?

El monto del retiro del 10% de los fondos previsionales será considerado renta para aquellos contribuyentes que en su renta anual declaren ingresos mayores a 30 UTA (aproximadamente $18,3 millones al año), equivalentes a $1,5 millones al mes. Los fondos retirados y pagados durante 2020 pagarán impuestos en la operación renta 2021, mientras que los montos recibidos por los afiliados en 2021, tributarán en la operación renta 2022.

Para solicitar tu retiro debes ingresar a la pagina de tu AFP.

En Chile, existen siete AFP, las que son fiscalizadas por la Superintendencia de Pensiones (SP):

Todo el proceso es gratuito para la persona que lo solicite.

Espero que la información sea de utilidad y puedan realizar el tramite sin problemas.


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